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PREGUNTAS
GENERALES |
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¿Qué es la
Seguridad Social en Salud? |
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Es un
sistema que reconoce el derecho de la población al bienestar y
garantiza el libre acceso a prestaciones de salud a cargo de
entidades públicas, privadas o mixtas, en un marco de equidad,
solidaridad, eficiencia y facilidad de acceso a los servicios
de salud. |
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¿Qué es el
Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud? |
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Es un
régimen de Seguridad Social que brinda atención de salud
integral a los trabajadores regulares y a sus familias, así
como a los trabajadores independientes, a través de las EPS y
ESSALUD. Este régimen exige el pago de un aporte obligatorio a
ESSALUD. En caso se opte por la afiliación a una EPS, hasta el
25% de los aportes a ESSALUD se pueden destinar a financiar el
Plan de Salud de la EPS. |
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¿Qué es el
Régimen Subsidiado? |
| El Régimen Subsidiado lo
brinda el Ministerio de Salud, a través de sus postas médicas
y hospitales, con el objeto de otorgar atención a la población
de escasos recursos económicos. En este sistema, el paciente
paga una cantidad mínima y adquiere sus medicamentos por su
cuenta. Sin embargo, en los casos de absoluta precariedad de
recursos económicos, la atención es gratuita. |
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¿Qué
prestaciones brinda el Régimen Contributivo de la Seguridad
Social en Salud? |
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Brinda
prestaciones de prevención, promoción, recuperación de la
salud para el cuidado de la salud y bienestar social de los
asegurados. También se brindan subsidios económicos. Las
prestaciones de salud comprenden la atención de la Capa Simple
y la Capa Compleja. |
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¿Quién tiene
derecho a prestaciones del Régimen Contributivo de la
Seguridad Social en Salud? |
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Los
trabajadores activos que laboren bajo relación de dependencia
o en calidad de socios de cooperativas de trabajo y sus
derechohabientes, los pensionistas y los trabajadores
independientes bajo la modalidad de potestativos. |
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¿Quiénes son
derechohabientes? |
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El cónyuge o concubino (a), los hijos
menores de 18 años y los mayores de 18 años siempre que tengan
incapacidad total y permanente para trabajar. |
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¿Qué es
ESSALUD? |
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Es un Organismo Público Descentralizado
autónomo, adscrito al Sector Trabajo, encargado de administrar
el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. Antes
se llamaba Instituto Peruano de Seguridad Social. |
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¿Qué son las
EPS? |
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Son empresas
públicas, privadas o mixtas, distintas a ESSALUD, que brindan
servicios de atención para la salud, con infraestructura
propia y de terceros, sujetándose a la regulación de la
Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud. |
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¿Para qué se
han creado las EPS? |
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Las EPS tienen como finalidad
ofrecer a los trabajadores independientes y dependientes atención
de salud bajo las pautas del Régimen Contributivo de la Seguridad
Social en Salud.
Las Entidades Prestadoras
de Salud brindan coberturas de salud a través de sus Planes
de Salud. Los Planes deben otorgar como mínimo la Capa Simple,
pudiendo otorgar mayores coberturas. Todas las atenciones
no cubiertas por los Planes de Salud de las EPS son brindadas
obligatoriamente por ESSALUD.
Si los trabajadores dependientes
de un centro laboral que deseen contratar una EPS, deberán
solicitar a su Empleador que convoque a elecciones. Al proceso
de elecciones se deberá invitar a no menos de dos EPS, siendo
elegida aquella que obtenga la mayoría absoluta de los votos
validamente emitidos entre los trabajadores.
Si un
trabajador independiente desea contratar una EPS deberá
afiliarse como asegurado potestativo. Para tal efecto, deberá
concertar con la EPS las condiciones y alcances del Plan de
Salud de su preferencia. |
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¿Cuáles son
las EPS que prestan servicios en el Régimen Contributivo de la
Seguridad Social en Salud? |
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En orden
alfabético, son: Mafre EPS Tf. 213-7373, Pacíficosalud EPS Tf. 433-3602, Persalud EPS Tf. 706-0800 ,Rímac Internacional EPS Tf. 422-2780 Preguntar por la Oficina de Atención al Usuario. |
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¿Qué es la
SEPS? |
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La Superintendencia de Entidades
Prestadoras de Salud es el organismo público descentralizado
del Sector Salud creado por la Ley N° 26790, para autorizar,
regular y supervisar el funcionamiento de las EPS y el uso
correcto de los fondos por éstas administrados. |
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¿Cuál es el
papel de la Superintendencia de EPS? |
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La Superintendencia autoriza
el funcionamiento de las EPS, así como de las ampliaciones
de operación de éstas, regula el funcionamiento y las actividades
de las EPS, las modalidades y procedimientos de contratación
de los afiliados, los requisitos de solvencia e infraestructura
necesarios para la constitución de EPS.
Asimismo,
supervisa el cumplimiento de los Planes de Salud ofrecidos al
trabajador y vigila la solvencia patrimonial,
económica-financiera y de infraestructura de las EPS, así como
la calidad de los servicios brindados. |
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¿Cómo es el
servicio que brinda una EPS? |
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Las EPS pueden ofrecer planes
de salud colectivos para los trabajadores dependientes de
un centro laboral que lo soliciten, en lo que se refiere a
la capa simple y algunos componentes de la capa compleja;
y planes de salud potestativos para los trabajadores independientes
que lo soliciten.
Las
prestaciones que se brindan a los asegurados en EPS pueden
requerir de un copago previamente pactado en el Plan de Salud.
Igualmente, las prestaciones que se otorgan a los asegurados
en EPS pueden requerir de un aporte voluntario, si previamente
así está pactado en un plan de salud. |
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¿Qué
ventajas tiene una EPS? |
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Las que corresponden a los
servicios que ofrece una empresa privada, ya que las EPS lo
son. Concretamente, prontitud, facilidad de acceso a los servicios,
elección del centro médico y del médico, atención personalizada,
eficiencia, calidad, entre otros.
Además, en
caso de reclamo o queja, puede acudir primero a la EPS a
plantear su problema y exigir una solución; y si ello no fuera
satisfactorio, puede acudir al Centro de Conciliación y
Arbitraje de la SERS, donde le deben atender y solucionar su
caso. |
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¿Es
obligatorio pertenecer a una EPS? |
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No, es voluntario. Para que
un trabajador dependiente sea cubierto por una EPS es preciso
que primero los trabajadores de su centro laboral lo soliciten,
de acuerdo a las normas sobre el procedimiento de elección
de EPS.
Para que un
trabajador independiente goce de las ventajas de un plan de
salud potestativo debe solicitar el plan de salud potestativo
que desee y comprometerse a pagarlo de forma independiente. |
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¿Hay límite
de edad para afiliarse a una EPS? |
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No, basta con ser un trabajador en
ejercicio, dependiente o independiente, mayor de edad. |
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¿Cómo se
elige a una EPS? |
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El empleador
es el responsable de la convocatoria y realización de la
votación. El empleador deberá invitar por lo menos a dos EPS.
Se recomienda invitar a todas las EPS para que expongan sus
propuestas, las cuales deben contener información general del
sistema, los beneficiarios comprendidos, la cobertura durante
el periodo de latencia, la descripción de las prestaciones,
las exclusiones, los requisitos para la atención los aportes
voluntarios del trabajador los copagos si los hubiera, el
mecanismo de reajustes de aportes y copagos, los
establecimientos en los que se recibirá la atención y el plazo
de contrato. |
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¿Qué es un
plan de salud para un trabajador dependiente? |
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El plan de
salud es el conjunto de prestaciones que debe brindar una EPS
al trabajador que voluntariamente se afilia a ella, luego de
la elección hecha por su centro laboral. Comprende, como
mínimo, la cobertura de la atención a la capa simple de salud,
y la atención de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales no cubiertas por el Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo. Además, debe incluir la descripción de los
beneficiarios, establecimientos en los que se brindará la
atención, los requisitos para la atención, la cobertura
durante el periodo de latencia, las exclusiones y
limitaciones. |
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¿Cómo se
divide el pago del aporte de Seguridad Social en Salud en el
caso de los centros laborales que han elegido el sistema de
las EPS? |
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Un 25% del
aporte va a la EPS elegida, para cubrir los aportes del plan
de salud y el resto se paga a EsSalud, para cubrir la Capa
Compleja y como un componente de la solidaridad social. |
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¿Qué es la
Capa Simple? |
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La capa simple es un listado de las
enfermedades, de mayor frecuencia y menor complejidad,
definidas en el anexo 1 del reglamento de la ley. Básicamente
comprende consulta ambulatoria, parto normal y cirugía de día. |
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¿Qué es la
Capa Compleja? |
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La capa
compleja es el conjunto de enfermedades no comprendidas en la
capa simple. |
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¿Cuál es el
aporte adicional, el copago de un seguro regular o potestativo
en una EPS? |
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El copago y el aporte adicional de un
seguro regular deben estar señalados en el Plan de Salud
elegido por el interesado, de tal manera que conozca desde el
momento que se contrata sus obligaciones económicas. |
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¿El
trabajador puede cambiar de EPS? |
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Individualmente no puede cambiar de EPS.
Cuando el 50% más uno de los trabajadores lo solicite el
Empleador deberá convocar a una nueva elección de una EPS. |
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¿Cómo se
renuncia a una EPS? |
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Dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la fecha de la publicación de los resultados
de la elección, los trabajadores que así lo deseen pueden
manifestar al empleador su voluntad de no participar en el
plan elegido y de mantener su cobertura de salud íntegramente
a cargo de EsSalud.
Iniciado el
Plan de Salud los trabajadores individuamente pueden renunciar
a la EPS y solicitar que ESSALUD le brinde atención integral.
Este derecho puede ser ejercido una vez dentro de cada año
contractual. |
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¿Cuál es el
proceso de pago para un seguro regular y uno potestativo? |
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El centro laboral paga el
aporte correspondiente a los asegurados regulares del Régimen
Contributivo de la Seguridad Social en Salud. Pueden pactarse
aportes voluntarios adicionales a cargo del trabajadores,
para cubrir el costo del plan de salud elegido.
Los
asegurados potestativos pagan directamente a ESSALUD o a la
EPS el seguro potestativo que haya elegido. |
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¿Cómo se
afilia un independiente? |
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Simplemente, debe acudir a una EPS,
solicitar el plan de salud que le sea accesible
económicamente, y conveniente desde el punto de vista de su
riesgo de salud, y contratarlo. Las EPS no pueden negarse a
brindar este seguro potestativo. |
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¿Qué es un
plan de salud para un trabajador independiente? |
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El plan mínimo de salud para
un trabajador independiente abarca la atención a la Capa Simple,
que incluye vacunas, atención dental, chequeos prenatales
y chequeos de niño sano. Además, incluye algunas atenciones
frecuentes de la Capa Compleja. El listado de daños cubiertos ha sido establecido por el Anexo 02 del DS: 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud |
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¿Cómo
solucionar quejas o reclamos que se tengan con una EPS? |
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Primero se
debe presentar la queja o reclamo ante el servicio de atención
al usuario de la EPS, bajo cualquier modalidad: carta, fax,
vía telefónica, correo electrónico o en forma personal. La EPS
por ningún motivo podrá rechazar la queja o reclamo, y deberá
atenderla en el plazo establecido por el reglamento. De no ser
así o de no estar de acuerdo con la respuesta dada, se podrá
acudir al Centro de Conciliación y Arbitraje de la SEPS
(CECONAR), donde se podrá viabilizar una solución, mediante a)
sus buenos oficios, b) la conciliación o c) el arbitraje, que
son modalidades de solución de conflictos alternativas a la
del poder judicial. |
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¿Qué es un
reclamo? |
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Es la manifestación verbal o escrita, por
la cual un usuario se dirige a la EPS a la que se encuentra
afiliado, declarando algún incumplimiento en el servicio que
esta le brinda de acuerdo a lo estipulado en el Plan de Salud
o el contrato suscrito con la misma. |
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¿Qué es una
queja? |
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Es la comunicación verbal o escrita, por
la cual un usuario se dirige a la SEPS, poniendo en su
conocimiento el incumplimiento de las obligaciones asumidas
por su EPS así como el incumplimiento de las obligaciones
establecidas en su respectivo Reglamento de Atención de
Reclamos |
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¿Qué es el
Centro de Conciliación y Arbitraje de la SEPS? |
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Es un órgano colegiado autónomo
perteneciente a la SEPS que tiene como misión resolver las
controversias que se presenten en el funcionamiento del Sistema
de Seguridad Social en Salud, a través de la aplicación de
Medios Alternativos de Resolución de Conflictos como la Conciliación
y al Arbitraje.
Para más información puede
visitar ceconar |
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¿Quienes
pueden recurrir ante el Centro de Conciliación y Arbitraje
(CECONAR) de la SEPS para presentar un reclamo o una queja? |
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Pueden acudir ante el Centro: Los
afiliados a una EPS, las propias EPS, las Entidades
Empleadoras, los afiliados a ESSALUD, según cláusula en sus
contratos, los usuarios de servicios propios del empleador,
las compañías privadas de seguros en materia del Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo, y los propios
establecimientos prestadores de salud. |
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¿Como
resuelve el CECONAR los reclamos? |
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El CECONAR
resuelve las quejas y reclamos a través de la conciliación y
el arbitraje. |
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¿En que
consiste la conciliación? |
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Es el
mecanismo de solución de conflictos mediante el cual un
tercero imparcial llamado conciliador, interviene a efectos de
ayudar a las partes a llegar a un acuerdo que satisfaga sus
intereses, y que se plasma en un acuerdo de conciliación. |
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¿Qué es el
arbitraje? |
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Es el medio de solución de controversia,
por el que un tercero, en este caso, un arbitro o tribunal
arbitral, decide y resuelve las discrepancias de las partes, a
través de un laudo o sentencia arbitral. |
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¿A que teléfono me puedo dirigir
de la CECONAR? |
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A los
números 372-7018 y al 372-6124 |
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