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La SUNASA le ayuda a elegir su Plan de Salud 

Consideración básica:

El ingreso a una EPS no se realiza de manera individual sino de manera conjunta con sus compañeros de trabajo lo que permite fomentar la solidaridad entre los que ganan más con los que perciben menos. Por ello se requiere de un proceso de elecciones, en que deben participar cuando menos el 50% más uno de los trabajadores, para determinar si pasan al Sistema de EPS y elegir el Plan de Salud de su conveniencia, tal como explicamos en “Proceso de Elecciones”.

Planes de Salud

Es la relación de servicios que le ofrece la EPS. Existe un grupo de prestaciones que por Ley están obligados a brindar las EPS “cobertura obligatoria” y que está referido a la denominada “capa simple” (listado de atenciones de menor complejidad y mayor frecuencia establecido en el Anexo 1 del D.S. 009-97/SA).En la práctica, sin embargo, las EPS brindan siempre una cobertura adicional para dar una mejor atención integral. En conjunto la cobertura obligatoria más la cobertura adicional conforman lo que la SEPS ha denominado “Plan Base” y que la EPS deberá ofertar a todos los trabajadores y sus derecho habientes legales (cónyuge, hijos menores de edad e hijos discapacitados hasta los 25 años edad) por igual. Sin embargo, algunos trabajadores podrán, si lo desean, contratar también algunos “Beneficios adicionales” y eventualmente buscar asegurar a otros familiares (suegros, padres, etc.) conforme lo establecido en la Resolución N°071-2003-SEPS/CD

Procesos de elecciones

Los aspectos más importantes establecidos en el D.S. 009-97/SA (Reglamento de la Ley 26790 de Modernización de Seguridad Social en Salud) son los siguientes:

La entidad empleadora o el 20% de los trabajadores pueden convocar para la votación para la elección del Plan de Salud y EPS, debiendo invitar cuando menos a dos EPS.
El entidad empleadora debe proporcionar a los trabajadores toda la información proporcionada por las EPS postoras con una anticipación no menor de 10 ni mayor de 20 días a la fecha de la votación.
No están permitidos los gastos de intermediación para la venta de planes.
La entidad empleadora facilitará a cada trabajador una cédula para que emita su voto e indicará la fecha máxima para la votación.
Dentro de los tres días siguientes a la fecha máxima para la entrega de los votos, la entidad empleadora publicará los resultados de la elección.
Para que la votación sea válida deberán haber participado cuando menos la mitad más uno de los trabajadores con contrato de trabajo vigente a la fecha de la votación. De no haber sido así, la Entidad Empleadora podrá convocar a una nueva elección.
Se considerará elegida a la Entidad y el Plan que hayan obtenido la mayoría absoluta de los votos validamente emitidos por los trabajadores. No se considerarán validamente emitidos los votos en blanco o viciados.
En los casos de Entidades Empleadoras que cuenten con más de un centro de trabajo, la elección se practicará en cada uno de ellos, con efecto para los trabajadores que laboran en cada centro. Sin embargo, la Entidad Empleadora podrá, si lo juzga conveniente, agrupar a uno o más centros de trabajo los que se considerarán entonces como uno solo para efectos de la elección del Plan, su contratación y cobertura y la aplicación del crédito.

Adicionalmente, mediante la Resolución N°070-2003-SEPS/CD ha establecido “Normas Complementarias relativas a la convocatoria y al proceso de elección para la contratación de Planes de Salud brindados por las Entidades Prestadoras de Salud”.

Aporte

Es el monto a pagar como contraprestación por la cobertura de los servicios contratados con una EPS. Los aportes deberán ser cuantificados en términos monetarios, pudiendo ser financiados por el crédito contra la contribución a EsSalud, los aportes del trabajador y/o del empleador, según corresponda. Los aportes tienen que estar diferenciados en función al Plan que se contrate.

Algunas recomendaciones al elegir su Plan de Salud

1.
La cobertura obligatoria (capa simple) está establecido por Ley y es igual para todos, lo que tiene entonces que revisar es la cobertura adicional.
2.
Tenga en consideración que cuantos más servicios le oferten en la cobertura adicional el aporte por su Plan de Salud también será mayor. Verifique si su empleador asumirá el costo de su Plan o lo pagará por usted. De ser así verifique que satisfaga sus expectativas y se ajuste a su presupuesto.
3.
Al seleccionar la red de servicios (grupos de clínicas y establecimientos de salud a los que tendrá acceso) tenga en consideración la cercanía a su lugar de residencia y centro laboral.
4.
Debe saber que los establecimientos de mayor complejidad han de tener mayores copagos que serán asumidos por usted. Lo recomendable es que cuente con establecimientos de pequeña complejidad (tipo policlínicos o centros médicos) donde puedan, usted y los suyos, ser atendidos por problemas de salud de menor complejidad y, centros especializados y de mayor complejidad, en los que pueda acudir cuando requiera de una atención más sofisticada.
5.
Consulte nuestra “Guía para seleccionar su Plan de Salud” que le ayudará a hacer un mejor análisis de las opciones que le ofrecen las EPS.

Sepa más sobre

Copagos

Condiciones generales del contrato de prestación de servicios de Seguridad Social en Salud para afiliados regulares – Anexo 1 Resolución N°071-2003-SEPS/CD

Guía para seleccionar su Plan de Salud. Para reforzar el análisis de su Plan de Salud le proporcionamos un listado de preguntas y respuestas que le ayudarán a elegirlo
(Formato PDF)(Formato Web )

Plan a ser ofertado en el Proceso de Elección

Plan de Salud Base – Anexo 1 Resolución N°070-2003-SEPS/CD

Planes Adicionales – Anexo 2 Resolución N°070-2003-SEPS/CD


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